La Cuarta Consistencia
1. Introducción
Mucho se ha discutido del sistema de riesgos del trabajo. De sus bondades para sus ideólogos y férreos defensores que hacen pie en un sistema más simplificado para obtener prestaciones, las que en especie son siempre de manera casi inmediata al acaecimiento del hecho dañoso y también a la solidez económica del sistema que garantiza el otorgamiento de las mismas y la seguridad de cobro de las dinerarias. Los críticos, y algunos de manera muy exacerbada, por el contrario hablan de que el trabajador es cautivo de un laberíntico trámite para el reconocimiento de sus derechos y que la gran litigiosidad que aún hoy sigue teniendo el sistema es producto de la falta de reconocimiento adecuado de los verdaderos daños sufridos por los trabajadores.
Es una discusión probablemente sin salida, con grises por ambos lados, ya que si bien es cierto que el sistema otorga mayor confiabilidad en el efectivo otorgamiento de las prestaciones por la solvencia de sus entes gestores, no siempre es así y para muestra basta verificar lo que ha acontecido con las liquidaciones de Interacción ART S.A. y Liderar ART S.A. y el tendal de perjudicados y situaciones aún no resueltas. Por otra parte las críticas al procedimiento administrativo que establecieron las resoluciones de la SRT 298/17 y 899/E/17 subsisten a la fecha y se sigue pretendiendo considerar jurisdiccional a lo que es simplemente un trámite administrativo obligatorio para habilitar la acción judicial en todas aquellas jurisdicciones provinciales que han adherido a la ley nacional 27.348 y lograron que se cumplieran las condiciones de las normas de adhesión y sus convenios complementarios.-
Es por eso que la llegada impensada e inesperada de una crisis sanitaria tan impactante como la pandemia provocada por el COVID 19 tendrá un alto impacto en el sistema de riesgos del trabajo y existía una indudable expectativa respecto de cómo iba a reaccionarse frente a la previsible ocurrencia de casos ante el avance inexorable de la peste.- La respuesta dada y sus consecuencias es lo que procuraremos analizar en esta nota.
Dr. Carlos Toselli - Juez de Camara Laboral - Córdoba Capital
Profesor Univerisdad Nacional de Córdoba
- Publicado en Novedad